-Debes ser una microempresa o pequeña empresa (entre 1 y 49 trabajadores), o estar dado de alta como autónomo.
-Cumplir los límites financieros definidos en la categoría de cada empresa.
-Tener una antigüedad mínima de 2 años y alcanzar una facturación de 100.000 € en alguno de los dos últimos ejercicios cerrados.
-No ser una empresa en crisis, no haber cometido alguna ilegalidad y estar al día con los pagos.
-No superar el límite de cuantía en pequeñas ayudas y no cometer ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.